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miércoles, 22 de febrero de 2012 Buscar:  lupa

Caixa Manresa - hoy Catalunya Caixa - colocó un seguro de "renta vitalicia" con prima única de 51.400 euros a un anciano enfermo de 94 años.

Fuente: Mercado de Dinero - Abril 2011  

Nos repugna vuestro trabajo. A la derecha, Manel Rosell, ex presidente de Caixa Manresa cuando sucedieron los hechos y actual presidente en funciones de Catalunya Caixa. 

En las relaciones de los clientes con sus entidades financieras a veces se plantean casos que llegan a conmover hasta a los abogados que se ocupan de defenderlos en los tribunales, y que, por sus circunstancias especiales, suscitan la simpatía y solidaridad de quienes tienen conocimiento de ellos, así como la repugnancia más absoluta con respecto a los responsables. 

Desde la Redacción de Mercado de Dinero hemos tenido conocimiento de muchos procesos judiciales contra entidades financieras que han engañado a sus clientes por muy diversos métodos y que han sido condenadas por ello. En todos los números de nuestro periódico, los lectores podrán encontrar más de un caso de estas características.

Sin embargo, muy pocos, por no decir ninguno hasta este momento, ha suscitado tanta repugnancia como el caso que ahora nos ocupa. Ése es el motivo que nos ha movido a ilustrar esta página con las fotos de los responsables de Caixa Manresa y de la entidad con la que ésta ha formado Catalunya Caixa, y a censurar su gestión, además de pedir su liquidación.

 
Narcís Serra, ex presidente
de Caixa Catalunya
Un cliente de 94 años
El caso es así de claro y sangrante: un anciano de 94 años, medio ciego, inválido a causa de la amputación de ambas piernas y con varios infartos en su historial médico, acude con su hija a la sucursal de Caixa Manresa situada en la Rambla Joaquim Ruyra, nº 48-50, de la localidad gerundense de Blanes, a interesarse por un producto que publicitan: una hipoteca inversa garantizada por la vivienda del anciano. Con ella pretendían sufragar los gastos de una residencia de cuidados integrales, ya que la hija ya no podía hacerse cargo del cuidado del anciano. Tan claro estaba el objetivo de los clientes, que de hecho, habían acudido 'ex profeso' a esta sucursal de Caixa Manresa porque la entidad financiera con la que habitualmente operaban no ofrecía este tipo de productos.

Apenas transcurridos cuatro meses desde la firma del contrato y como, lamentablemente, era previsible, el cliente falleció. Cuando la hija acudió a la entidad a liquidar la hipoteca, por las cantidades de las que efectivamente habían dispuesto, Caixa Manresa le informó de que debía pagar un total de 66.000 euros. De esta cantidad, 51.400 euros correspondían a la prima de un seguro de renta vitalicia concertado de forma unitaria y con carácter diferido con Caixa Manresa Vida. Un seguro cuya existencia era absolutamente desconocida hasta ese momento por la hija del cliente.

El asunto llegó a los tribunales, de la mano de Montse Andrés, letrada de Ausbanc y delegada de la asociación en Barcelona (ver recuadro al pie de esta página). Y el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Blanes (Gerona) ha dictado sentencia: el contrato de seguro de renta vitalicia es nulo, por lo que Caixa Manresa y Caixa Manresa Vida tienen que devolver 51.437,18 euros a la afectada, más los intereses devengados desde su cobro, así como hacerse cargo del pago de las costas judiciales.

Renta a los 99 años
Adolf Todó, director general
de Catalunya Caixa. 

Las circunstancias del caso no tienen desperdicio. En palabras de la letrada de Ausbanc, Montse Andrés, "lo que establecía el seguro es que, a cambio de una prima de 51.400 euros, se le garantizaba al cliente de 94 años una renta de 2.400 euros mensuales para toda la vida, que empezaría a pagarse transcurridos cinco años; es decir, cuando el cliente tuviera ¡99 años!".

La letrada de Ausbanc se pregunta "¿dónde está el factor aleatorio en este contrato de renta vitalicia? ¿No es bastante evidente que el cliente no va a sobrevivir a esa edad? Con la demanda he aportado estadísticas del INE que indican que el riesgo de muerte de un varón de 94 años en la provincia de Gerona en 2007 era de 1.000?".

En efecto, está muy claro que el cliente no habría contratado ese seguro si estas circunstancias hubiesen sido explicadas de forma clara por el empleado que comercializó el producto.

Así lo recoge la sentencia: "los folletos informativos del producto explican claramente cuál es el objeto del contrato y su causa, y sólo en letra muy pequeña, casi imperceptible y diferenciada del resto de información, el folleto hace referencia a la contratación del seguro (.). Al final, de forma evidentemente interesada (e incluso torticera, pues prácticamente no se puede apreciar a simple vista), complementando la información anterior se refiere a la contratación de un seguro de Caixa Manresa Vida en el momento de formalizar la operación".

En opinión del juez, la entidad "debió informar de este extremo a la parte actora de la misma forma que le explicó el resto del producto para que tuviera toda la información en el momento de conferir su consentimiento en orden a cuál podría ser el precio final, pues es éste un elemento esencial del contrato".

Demanda de ejecución

A pesar de la sentencia favorable, la situación sigue resultando bastante complicada para la hija del cliente fallecido. Caixa Manresa, al mismo tiempo que contestaba a la demanda interpuesta por Ausbanc que tan favorablemente ha resuelto el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Blanes, interpuso a su vez una demanda de ejecución hipotecaria por el impago de la hipoteca inversa.

El motivo es que la hipoteca sigue viva, ya que las garantías hipotecarias sobreviven al negocio principal.

De momento, la ejecución está paralizada, ya que, a pesar de que la demanda no constituye una causa de oposición a la ejecución hipotecaria, el juez que la tramita ha esperado a que se dictara sentencia en este caso.

"Un caso de juzgado de guardia"  

La delegada de Ausbanc en Barcelona, Montse Andrés, ha sido la encargada de llevar a los tribunales a Caixa Manresa por la comercialización engañosa de un seguro vinculado a una hipoteca inversa. La letrada ha confesado que se siente "particulamente satisfecha de esta sentencia", y no ha dudado en calificar el caso como "de juzgado de guardia". Y es el hecho de que el cliente empezara a cobrar la renta al cumplir 99 años demuestra la mala fe con la que obró la entidad. Como se pone de manifiesto en la sentencia, la entidad no informó a los clientes sobre la contratación del seguro, cuya existencia sólo se advertía en letra pequeña en el folleto informativo sobre el producto.  Redacción. Madrid

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